Habrá Ley de Responsabilidad Patrimonial para indemnizar daños a ciudadanos en Sinaloa

El estado de Sinaloa tendrá la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado con la cual se garantizará que se indemnice a los ciudadanos sobre cualquier daño que haya causado el Gobierno del Estado o municipios.

Ya se dio la la primera lectura en el Pleno sobre esta ley, solo se esta a la espera de que pueda ser aprobada. Para su elaboración fueron tomadas en cuenta tres iniciativas, las cuales presentaron el ciudadano Luis Antonio Fonseca, otra el diputado Sergio Mario Arredondo Salas, y la tercera el Grupo Parlamentario de Morena

La ley consta de 60 artículos, divididos en nueve capítulos más seis artículos transitorios.

Conforme al ultimo parrafo del artículo 130 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa sus disposiciones son de orden público e interés general, cuya finalidad es establecer las bases, límites y procedimientos para reconocer el derecho a la indemnización a quienes, sin obligación jurídica, sufran daños en cualquiera de sus bienes o derechos como consecuencia de la actividad administrativa irregular del Estado.

Los diputados Ambrocio Chávez Chávez, Ricardo Madrid Pérez, José Manuel Luque Rojas y la diputada Verónica Guadalupe Bátiz Acosta, presidente, secretario y vocales aprobaron por unanimidad el dictamen.

El director de Asuntos Jurídicos y Proceso Legislativo del Congreso, Édgar Donato Vega Márquez, resaltó que esta ley es en beneficio de particulares que sufran daños por parte del Gobierno del Estado, a través de sus distintas dependencias, así como por los ayuntamientos, a quienes se les tendrá que pagar objetiva y directamente.

En caso de haber sido dañado por alguna autoridad, los particulares podrán interponer un recurso de reclamación mediante proceso que se establece en la misma ley y mediante el cual se establece el monto de la indemnización.

Esta  ley se establece que cuando los daños sean atribuidos al actuar de servidores públicos, éstos deberán cubrir el monto que el Gobierno del Estado o los municipios hayan indemnizado al particular.

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